Director de la DGAC aclara rol del organismo en investigación por presunta trata de menores
- Miércoles 17 de junio de 2026
- 18:44 hrs
La autoridad afirmó que el foco de la DGAC está en la seguridad operacional de los vuelos y confirmó un proceso infraccional contra una aerolínea por el traslado de ocho menores con un adulto.
El director general de Aeronáutica Civil (DGAC), Humberto Fernández, compareció este miércoles ante una sesión especial del Senado para abordar los antecedentes relacionados con la investigación por el ingreso de niños haitianos al país, caso en el que se indagan presuntos delitos de cohecho y trata de menores.
Durante su exposición, la autoridad aclaró que la función principal de la DGAC está centrada exclusivamente en garantizar la seguridad de las operaciones aéreas, descartando que el organismo tenga competencias directas en el control migratorio o la fiscalización de pasajeros.
DGAC asegura que no controla pasajeros ni listas de viajeros
Fernández explicó que las labores de la institución están orientadas a verificar aspectos técnicos y operacionales de la aviación, como las licencias de los pilotos, el mantenimiento de las aeronaves y las condiciones de las pistas de aterrizaje.
"El rol es sumamente específico y orientado a las operaciones de vuelo", señaló.
En ese contexto, indicó que la DGAC no cuenta con protocolos específicos para detectar tráfico de migrantes, debido a que no tiene acceso a los listados de pasajeros ni participa en los controles migratorios.
"No tenemos un protocolo específico para la detección del tráfico de migrantes porque como Dirección General de Aeronáutica no tenemos ningún contacto con los listados de pasajeros", afirmó.
Control de pasajeros corresponde a aerolíneas y PDI
Según detalló el director de la DGAC, la responsabilidad de gestionar y entregar la información de los pasajeros corresponde a las compañías aéreas, las cuales deben remitir estos antecedentes a la Policía de Investigaciones (PDI).
Fernández recordó que las aerolíneas están obligadas a entregar los listados de pasajeros de vuelos internacionales a la PDI y que, desde el 1 de enero de este año, esa exigencia también se aplica a los vuelos comerciales dentro del territorio nacional tras una modificación al Código Aeronáutico.
"Controlamos a los aviones y las tripulaciones, pero no los pasajeros", enfatizó.
Confirman proceso infraccional contra una aerolínea
Durante la sesión, la autoridad también confirmó la apertura de un procedimiento infraccional contra una aerolínea, luego de detectar que un pasajero habría viajado acompañado por ocho menores de edad.
Explicó que la normativa aeronáutica establece un máximo de cuatro menores por adulto durante un vuelo, medida que responde exclusivamente a criterios de seguridad operacional.
"Aeronáuticamente, nosotros tenemos dispuesto que el máximo de menores que pueden viajar con un adulto son cuatro", indicó.
La autoridad precisó que esta restricción busca asegurar que un adulto pueda asistir adecuadamente a los menores en situaciones de emergencia, como el uso de máscaras de oxígeno o una eventual evacuación.
Obligación de denunciar posibles delitos
Fernández sostuvo que, en caso de que la DGAC tome conocimiento de hechos que pudieran constituir delitos, el organismo tiene la obligación de informar al Ministerio Público o a las policías competentes.
Sin embargo, reiteró que la labor institucional no contempla la revisión de antecedentes migratorios ni el análisis de las circunstancias personales de quienes viajan.
"No es un tema de migración ni revisar los antecedentes de las personas que viajan. El foco nuestro siempre es en la seguridad de las operaciones", concluyó.






